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Ley de Cuidadores

Ley de Cuidadores
Estado: 
Aprobado en tercer debate

¿Qué busca el proyecto?

  • Visibilizar la actividad del cuidador de persona con discapacidad. Por lo general, mujeres que no reciben remuneración alguna por apoyar a sus familiares en esta situación.
  • Da prevalencia a los asistentes familiares en la contratación de clínicas y hospitales, cuando EPS autoricen servicios de enfermería para personas con discapacidad que lo requieran.
  • Crea la Celebración del Día Nacional del Asistente el 24 de julio, como un reconocimiento a una labor que ellos realizan 24 horas al día, 7 días a la semana.
  • El SENA pondrá en funcionamiento una oferta de programas de formación en competencias vocacionales para los cuidadores o asistentes personales de personas con discapacidad.
  • Ordena al Ministerio del Trabajo, con la asesoría del Consejo Nacional de Discapacidad, crear el perfil ocupacional “Cuidador o Asistente Personal de Personas con Discapacidad”.
  • El Consejo Nacional de Discapacidad deberá emitir los lineamientos para que las instituciones de formación para el trabajo incluyan el “Programa Nacional de Orientación y Formación para cuidadores o asistentes personales de personas con discapacidad”.
  • El SENA, en consulta con el CND, creará el procedimiento para evaluar y certificar las competencias laborales en materia de cuidado o asistencia personal de personas con discapacidad.

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