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Ley de Pasantías

Estado: Ley de la República
#LeyDePasantías ¡Ya es una realidad!

Las pasantías, prácticas, judicaturas, monitorías y la participación en grupos de investigación realizadas antes de la obtención del título de pregrado serán acreditables como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido se relacione directamente con el programa académico cursado.

El Departamento Administrativo de la Función Pública reglamentará la materia en un término no superior a seis (6) meses contados a partir de la expedición de la presente Ley, a fin de establecer una tabla de equivalencias que permita convertir dichas experiencias previas a la obtención del título de pregrado en experiencia profesional válida.

Ley de 2039 de 2020
Decreto reglamentario para el sector privado
Decreto reglamentario para el sector público

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